BÁRTOLO DE SASSOFERRATO
(1313-1357)
La pequeña aventura histórica y jurídica que se trata de ofrecer
trimestralmente camina en esta ocasión hacia laBaja Edad Media. Si esta
sección galopa por definición entre gigantes, estas líneas se dedican a
un primus inter pares. Bártolo de Sassoferrato fue considerado el
jurista más grande de todos los tiempos, al menos de la Europa medieval. Tal
reconocimiento alcanzaron sus métodos y enseñanzas que tras su muerte se
divulgó la máxima de que: “nemo bonus iurista nisi bartolista”.
Jurista
precoz. Bártolo nació en la pequeña vecindad de Ventura, próxima a
Sassoferrato, en la región central de Italia, a mitad de camino entre Roma y
Florencia, en dirección a la costa adriática. Se discute si su nacimiento
tuvo lugar en 1.313 ó 1.314. Sus biógrafos polemizan también sobre su
verdadero linaje; algún autor sostiene incluso que se trató de un hijo
ilegítimo. En cualquier caso, esa circunstancia -común a otros genios,
como Leonardo da Vinci- no habría tenido influencia en la adopción de su lugar
de origen reemplazando a sus apellidos, muy habitual en la época.
La formación de Bártolo fue deudora de los dos maestros que guiaron sus
primeros estudios. Su aprendizaje más elemental lo cursó con el Padre Pedro de
Asís, del que el propio Bártolo destacaría la simetría entre su bondad y su
vasta cultura. Con tan sólo catorce años, el muchacho de Sassoferrato se
trasladó a Perugia para comenzar sus estudios de Derecho. Fue entonces cuando
coincidió con la otra gran figura que marcaría su incursión en el mundo
jurídico, Cino de Pistoya, capaz tanto de dominar ampliamente las
doctrinas de las grandes escuelas jurídicas posteriores a la glosa acursiana
como de dar rienda suelta a su rica fantasía poética y ser expresamente
admirado por Dante y Petrarca.
Con apenas veinte años, tras retirarse de la enseñanza su maestro,
Bártolo se desplaza a Bolonia para preparar su doctorado. En un año, de la mano
de Jacobo Butrigario y Rainiero de Forli, concluye sus estudios y es proclamado
doctor, con la tradicional imposición de la toga y el anillo, el 10 de
noviembre de 1.334.
La
Escuela de los Comentaristas. Tras concluir su formación
académica, Bártolo inició un período de transición que acabaría desembocando en
la práctica docente, donde la Historia le tenía reservado un hueco
irremplazable. Entre 1.334 y 1.339 ejerció como asesor en Todi y Cagli. Con
veintiséis años, el jurista joven pero ya veterano se asentó en Pisa y, desde
ese momento, se centró por completo en su actividad académica. Sin embargo,
tampoco en la Toscana italiana encontró Bártolo su asentamiento definitivo y,
aunque se inició en sus aulas como profesor universitario, no tardó en volver a
Perugia (1.343), desde donde desarrolló su extraordinaria producción jurídica.
La inmortalidad jurídica de Bártolo se encierra principalmente en sus
innovaciones metodológicas en el comentario del Corpus Iuris Civilis y
en sus no menos brillantes contribuciones al Derecho público y privado. Hasta
que surgió la personalidad bartoliana, la Escuela de los Glosadores imponía sus
criterios en el acercamiento al Derecho. La gran aportación de Bártolo
consistió precisamente en superar el método de la glosa, excesivamente fiel a
la letra de la ley, y divulgar un sistema metodológico de examen crítico de los
textos legislativos de tal modo que como punto de destino se determinase
la ratio legis. La búsqueda de soluciones jurídicas a
problemas concretos y el establecimiento de pautas de interpretación y
doctrinas jurídicas útiles resultaban sin duda más fecundos partiendo del
espíritu del legislador y de la razón última de las normas. Este estudio
teórico-práctico de las fuentes, conocido como elmos Italicus durante
siglos, se personificó en la figura de Bártolo y, con posterioridad, en sus más
sobresalientes discípulos, entre los que destacó Baldo de los Ubaldos.
Su dedicación a la vertiente práctica del Derecho se plasmó también en
una numerosa serie de quaestiones y en una prolífica colección
de commentaria del Corpus Iuris, en los que se
conciliaba la interpretación de los textos clásicos con su aplicación a los
casos que se planteaban en cada momento.
La celebridad bartoliana se extendió rápidamente más allá de las
fronteras italianas. Estudiantes de diferentes puntos de Europa se daban cita
en Perugia para asistir a las hasta entonces insólitas resoluciones que
planteaba Bártolo a las más complejas cuestiones jurídicas; cientos de jóvenes
se congregaban para hacer suyos los criterios de interpretación del Corpus
Iuris que ofrecía Bártolo. Tal fue el entusiasmo con el que esos
jóvenes juristas asistían a las clases de Bártolo que en nuestra lengua se
mantiene viva una expresión deudora de los estudiantes que en aquella época se
pertrechaban con los bártulos (bártolos, esto es, los textos escritos
por Bártolo) para seguir sus explicaciones.
La muerte sorprendió a Bártolo el 13 de julio de 1.357 en pleno apogeo
de su actividad intelectual cuando contaba poco más de cuarenta años. Los
lujosos monumentos funerarios que se levantaron en su honor apenas pudieron
aliviar el infortunio que supuso privar al mundo del Derecho del genio creador
que, como nadie hasta entonces, había conseguido convertir el Corpus
Iuris justinianeo en una fuente de saber práctico.
El bartolismo,
fuente del Derecho. Si la inmensa personalidad de Bártolo se truncó en su pleno apogeo
vital, su fama no corrió la misma suerte. El prestigio y la autoridad de sus
enseñanzas dieron vida a un movimiento que encumbró a Bártolo hasta
prácticamente la categoría de mito. En las Universidades de Bolonia, Nápoles,
Turín, Módena, Macerata y Padua se crearon cátedras dedicadas en exclusiva a
estudiar y comentar la obra de Bártolo, llegando a comparársele con figuras de
la talla de Homero y Virgilio. Su obra se convirtió en un instrumento tan
respetado en universidades y tribunales que incluso se le acabaron atribuyendo
a él opiniones ajenas con la pretensión de dotarlas de su incontestable
aceptación.
Tal fue la auctoritas que alcanzaron los razonamientos
de Bártolo que numerosos Reinos los revistieron incluso de potestas elevándolos
a la categoría de fuente del Derecho. Desde que los emperadores Teodosio
II y Valentiniano III promulgaran la Ley de Citas (año 426) considerando como
vinculantes las opiniones de Gayo, Paulo, Ulpiano, Modestino y el dirimente
Papiniano, no se recordaba ningún reconocimiento similar hacia la obra de
ningún jurista. Juan II (1.427) y los Reyes Católicos (1.499) en Castilla, y
Alfonso V en Portugal (Ordenaçoes alfonsinas, 1.446) promulgaron
pragmáticas en las que se establecía que debía prevalecer la opinión de Bártolo
en caso de discrepancias entre la doctrina. Más elocuente si cabe fue el caso
de la transposición de estas disposiciones a Brasil dos siglos y medio después
de la muerte de Bártolo (Ordenaçoes filipinas, 1.603).
Llegada la Modernidad y, con ella, los aires del humanismo y la vuelta a
lo clásico, la confrontación de los nuevos métodos de estudio del Corpus
Iuris (mos Gallicus) con elbartolismo resultó
inevitable. Sin embargo, esas nuevas corrientes no consiguieron eclipsar el
gran salto que sólo un talento natural como Bártolo de Sassoferrato pudo dar
entre la erudición que recogió de Justiniano y el saber práctico que de forma
admirable supo extraer del espíritu de los textos.
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